La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas blinda el caso derivando las consultas de la prensa a trámites de transparencia, mientras fuentes internas del municipio de Viña del Mar revelan una inminente fiscalización de urgencia ante las flagrantes obras clandestinas en terreno.
VIÑA DEL MAR. — El caso del ex Restaurant San Marino (ubicado en Avenida Borgoño N° 16.805, sector Mirador de Cochoa) ha cruzado la frontera de lo insólito para convertirse en uno de los mayores escándalos de opacidad administrativa, despojo financiero y contradicciones estatales en el borde costero de Reñaca. Mientras los informes oficiales de la autoridad marítima y del municipio sostenían bajo firma que el recinto se encontraba clausurado de forma inmediata y sujeto a una orden de demolición ya ejecutada, la realidad en terreno revela un escenario totalmente opuesto: un recinto que se remodela activamente a plena luz del día por parte de terceros que pretenden concretar una reapertura ilegal.
La investigación periodística sobre esta «caja negra» costera ha chocado de frente con un muro de hermetismo estatal. Al acudir directamente ante la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas para requerir su versión oficial sobre el congelamiento del recurso que podría revertir el desalojo del legítimo adquirente, la institución encargada de las concesiones marítimas se limitó a exigir que toda la información fuera solicitada por canales formales mediante la Ley de Transparencia, eludiendo dar respuestas inmediatas ante la opinión pública. Sin embargo, la presión política y vecinal ha comenzado a fracturar el silencio municipal: fuentes internas de la Municipalidad de Viña del Mar han confirmado en exclusiva que, ante la gravedad de las denuncias, el municipio planea realizar una fiscalización de urgencia al recinto en los próximos días para constatar la flagrante violación a las órdenes de clausura.
El Muro de la Subsecretaría: Bloqueo Informativo y Derivación a Transparencia
La respuesta de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas ante las consultas de la prensa no es un hecho aislado, sino parte de una dilación sistemática que ya se extiende por años. La defensa del afectado, encabezada por el abogado Jaime Carmona Espinoza, ingresó un Recurso de Invalidación en contra de la Resolución Exenta N° 4.324 (dictada el 27 de junio de 2024), la cual frustró de manera unilateral el traspaso legítimo del restaurante.
A pesar de que en una reunión sostenida bajo la Ley de Lobby el 16 de enero de 2026, los representantes del organismo gubernamental aseguraron de palabra que la resolución del recurso «estaría notificada a finales de febrero de 2026» porque «solo faltaba la firma final», el Sistema de Información y Atención Ciudadana (SIAC) se desdijo formalmente en abril de ese mismo año, informando que el expediente continuaba en «etapa de revisión» sin un plazo cierto para concluir. El actual blindaje de la Subsecretaría, derivando las preguntas de los medios de comunicación a los largos plazos de las solicitudes de transparencia, confirma la extrema lentitud con la que se ha tramitado un conflicto que mantiene congelada una inversión de cientos de millones de pesos.
Filtración Municipal: Inspección de Emergencia ante Obras Clandestinas
La urgencia del municipio viñamarino por planificar una fiscalización inmediata en el recinto responde a una alarmante contradicción expuesta ante la Contraloría Regional de Valparaíso. El Memorándum N° 947/2026, evacuado por la Directora del Departamento de Patentes y Publicidad, Verónica Díaz, admitió formalmente que el Decreto Alcaldicio N° 782/2025 de Clausura Inmediata —dictado a raíz de un grave riesgo estructural y un historial que incluye una explosión e incendio en marzo de 2024— «se mantiene plenamente vigente, pero no se tiene conocimiento de su ejecución material en terreno».
Mientras las oficinas municipales desconocían si la clausura se estaba respetando, registros fotográficos aéreos capturados en junio y julio de 2026 delataron un masivo despliegue de trabajos clandestinos en la roca costera:
- Habilitación de nuevas y amplias terrazas de madera orientadas hacia el mar.
- Instalación de paneles solares de última generación sobre las techumbres.
- Acopio de mobiliario, remodelación estructural interna y presencia continua de cuadrillas de obreros sin ningún tipo de permiso de edificación visible.
Estas obras clandestinas, ejecutadas bajo la sombra de un decreto de clausura vigente que el propio municipio omitió fiscalizar y hacer cumplir, son el motor de la inminente inspección municipal filtrada por fuentes internas, la cual buscará frenar las obras antes de que terceros consoliden una reapertura comercial del local de manera totalmente irregular.
La Historia de un Despojo Gastronómico de $161 Millones
Para dimensionar la gravedad del caso, es necesario remontarse al origen del conflicto. El afectado directo de esta trama es el chef y empresario gastronómico Marco Antonio Luci Arriagada, quien operaba con éxito el Restaurant San Marino desde el año 2010 de manera regular y autorizada por el Estado. El 8 de noviembre de 2019, Luci firmó una escritura pública de compraventa para adquirir de forma total la concesión marítima mayor y el equipamiento del recinto a José Santos Samuel Lizana Valdés por un monto de $161.000.000, suma pagada íntegramente mediante vales de vista notariales.
Ambas partes ingresaron de manera bilateral el trámite de transferencia (SIABC N° 45.712) ante la autoridad marítima, obteniendo informes técnicos plenamente favorables de la Capitanía de Puerto de Valparaíso y de la Dirección de Intereses Marítimos. De hecho, a partir de enero de 2021, la plataforma oficial del Sistema Integrado de Administración del Borde Costero (SIABC) registró formalmente la concesión a nombre de Luci. Confiado en este reconocimiento estatal (amparado por el principio de confianza legítima), Luci invirtió millonarios recursos adicionales, llegando a sanear deudas municipales acumuladas del establecimiento que superaban los $70.000.000, manteniendo una dotación laboral de hasta 58 trabajadores directos y regularizando las estructuras del local mediante el trámite del Permiso de Obras Municipales N° 102/2021 (POM N° 102/2021).
Sin embargo, en febrero de 2024, en un acto que la querella penal califica como un «ardid», el vendedor José Santos Lizana presentó ante la Subsecretaría para las FF.AA. un desistimiento unilateral del trámite de traspaso alegando falsos impagos del contrato. La Subsecretaría, infringiendo el principio básico de bilateralidad consagrado en el artículo 42 de la Ley N° 19.880 —que establece que el desistimiento de un solicitante en un trámite conjunto no puede extinguir el derecho del otro—, acogió la solicitud de Lizana mediante la Resolución Exenta N° 4.324 sin notificar, emplazar ni dar audiencia previa a Luci.
Como consecuencia, el 9 de agosto de 2024, Luci fue calificado de «ocupante ilegal» y desalojado forzosamente de su propia fuente laboral con auxilio de la fuerza pública marítima. Semanas después del violento despojo, la demanda civil instrumental que Lizana había interpuesto para alegar el impago contractual fue declarada abandonada de manera definitiva por el 2° Juzgado Civil de Viña del Mar (27 de septiembre de 2024), confirmando la falsedad de los argumentos que la Subsecretaría usó para revocar la transferencia. Actualmente, Lizana enfrenta una querella criminal por estafa declarada admisible por el Juzgado de Garantía de Valparaíso bajo el RIT 1802-2025.
La Condición de Discapacidad del Afectado y el Reclamo ante la Contraloría
El reportaje periodístico adquiere un cariz de profunda vulneración de derechos al constatar que Marco Antonio Luci ostenta legalmente la condición de persona con discapacidad, debidamente certificada por la COMPIN. Bajo el marco de la Ley N° 20.422, todos los órganos del Estado chileno, incluidas las municipalidades, están obligados a garantizar de manera preferente su derecho a ser oído, asegurar ajustes razonables en sus procedimientos administrativos y amparar su accesibilidad.
A pesar de haber ingresado una carta dirigida a la alcaldesa Macarena Ripamonti el 15 de enero de 2026 exigiendo el cumplimiento de estos resguardos preferentes, Luci solo obtuvo una reunión de Lobby en mayo de ese año que no derivó en ninguna respuesta formal por parte del municipio. Es más, el Departamento de Patentes rechazó definitivamente registrar la patente de alcoholes Rol N° 401849-3 a nombre del empresario esgrimiendo causales de carácter privado y extra-legales (como una supuesta expiración de mandato), contraviniendo directamente el artículo 9° de la Ley N° 19.925 y la jurisprudencia uniforme de la Contraloría General que prohíbe a las municipalidades crear requisitos adicionales a los legales para registrar traspasos de patentes.
Esta acumulación de presuntas omisiones, arbitrariedades y la sospechosa inacción municipal ante las obras activas en un recinto clausurado, motivó a la defensa de Luci a interponer, el pasado 4 de agosto de 2026, una denuncia formal ante el Contralor Regional de Valparaíso. La presentación exige auditar la legalidad del proceder municipal, dilucidar por qué no se ha ejecutado materialmente la clausura inmediata dictada en 2025 y ordenar la instrucción de un sumario administrativo para establecer las responsabilidades de los funcionarios involucrados.
Mientras el ente contralor inicia su fiscalización externa y la Subsecretaría marítima sigue blindada tras los plazos de la Ley de Transparencia, la anunciada fiscalización de urgencia que el municipio viñamarino planea ejecutar en las próximas horas se alza como el primer reconocimiento fáctico de que el «restaurant fantasma» de Cochoa representa un escándalo administrativo imposible de seguir ocultando sobre la roca costera de Reñaca.
