Una tensa disputa administrativa y comunicacional se ha desatado entre el medio de investigación Evolutiva Medios y las autoridades del Hospital San José de Melipilla. Esto, luego de que el medio recibiera la respuesta oficial a un reclamo por probidad administrativa tramitado a través de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), la cual no incluyó disculpas y cuestionó la labor de la prensa. Ante esto, el equipo periodístico ya prepara un requerimiento formal ante la Contraloría General de la República en contra del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del establecimiento, Jorge Herrera Figueroa.
El origen del conflicto: El reclamo ante la OIRS
La controversia escaló formalmente tras la respuesta emitida el 15 de junio de 2026 bajo el Folio OIRS Nº3311315, firmada directamente por Jorge Herrera Figueroa. El documento responde a una denuncia ingresada por vulneración a la probidad administrativa, gatillada por un polémico contacto telefónico realizado por el propio jefe jurídico hacia la dirección del medio.
En la misiva, Herrera argumentó que su llamado no constituyó «amedrentamiento» ni «menosprecio». Sin embargo, justificó su accionar lanzando duras críticas en contra del ejercicio periodístico del medio, afirmando de manera textual que la labor de Evolutiva Medios «no es estrictamente periodística, ya que no es ejercida por un periodista propiamente tal». Esta declaración fue tomada por el medio como un directo menoscabo profesional y una afrenta a la libertad de informar por parte de un funcionario público.
Evolutiva Medios responde: «Las funas salen de nuestras manos»
Ante los descargos del jefe jurídico —quien acusó que una publicación del 1 de junio en la cuenta de Instagram @evolutiva_medios2026 provocó «funas» y afectó la privacidad de funcionarios y menores de edad—, la dirección de Evolutiva Medios aclaró tajantemente su postura informativa:
«Queremos dejar claro que en ningún momento en las noticias referidas al Hospital de Melipilla mencionamos al señor Jorge Herrera Figueroa. Si existieron manifestaciones o ‘funas’ de terceros en redes sociales que puedan afectar al señor o a otros funcionarios, eso sale completamente de nuestras manos como medio de comunicación. Nosotros informamos hechos.»
El medio enfatizó que los comentarios provienen de perfiles de personas particulares y usuarios de la comunidad, por lo que el hospital no puede pretender traspasar la responsabilidad de la opinión pública a la prensa que transparenta las irregularidades.
Trayectoria y amparo en las Leyes de Transparencia
Desde la dirección general recordaron que Evolutiva Medios cuenta con más de 5 años de trayectoria posicionándose como un medio de comunicación serio, responsable y con presencia nacional. A lo largo de su historia, el equipo ha participado activamente en distintas investigaciones periodísticas de alto impacto y repercusión pública, tales como el destape del denominado «Caso Convenios».
A su vez, recalcaron que el pilar fundamental de sus operaciones es el estricto cumplimiento del marco legal:
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Uso de la Ley de Transparencia: Las mayores investigaciones del medio se sustentan cruzando datos e información pública obtenida de forma totalmente legal y regulada.
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Facultad de investigar: La Constitución y las leyes otorgan a los medios la facultad e independencia para fiscalizar las instituciones públicas.
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Continuidad de los reportajes: Se advirtió firmemente que continuarán realizando investigaciones exhaustivas «sea donde sea, en cualquier parte del país», sin ceder ante presiones de departamentos jurídicos institucionales.
Próximos pasos: Oficio a la Contraloría
Debido a la total ausencia de disculpas públicas por parte del Hospital de Melipilla, el uso de canales institucionales para justificar llamadas particulares y los cuestionamientos vertidos hacia la idoneidad del equipo, Evolutiva Medios elevará los antecedentes a la Contraloría General de la República. El requerimiento buscará que el órgano fiscalizador evalúe las declaraciones de Jorge Herrera Figueroa y determine si existió una falta a la probidad administrativa o una extralimitación de sus funciones como jefe jurídico de un recinto de salud estatal.
Paralelamente, al persistir la disconformidad con la resolución de la OIRS, el dictamen faculta al afectado a recurrir de forma complementaria ante la Superintendencia de Salud para una revisión formal del caso dentro de los plazos legales, en base a la Ley Nº 20.584.
