La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección a favor de un ingeniero con más de 13 años de servicio, invalidando el decreto municipal que ponía fin a su contrato por falta de fundamentos reales y errores administrativos graves.
En un fallo emitido el 18 de mayo de 2026, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó a la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar la reincorporación inmediata de Franco Alejandro Gatica Astorga, ingeniero eléctrico que se desempeñaba en la Sección de Seguridad Interna.
El caso: 13 años de servicio y un «error de hecho»
Gatica, quien ingresó al municipio en noviembre de 2011, recurrió a la justicia luego de que el Decreto Alcaldicio N° 14.754 dispusiera la no renovación de su contrata para el año 2026. La administración municipal argumentó que sus funciones habían «desaparecido» tras el término de un contrato de seguridad con una empresa externa (First Security).
Sin embargo, el tribunal desestimó esta justificación, calificándola de arbitraria. La sentencia destaca que las labores de ingeniería y soporte de seguridad que realizaba el funcionario siguen siendo una «necesidad imperiosa y vigente» para la comuna, desvirtuando la causal invocada por el municipio.
Errores graves y «plantillas genéricas»
Uno de los puntos más críticos del fallo señala que el decreto de desvinculación incurrió en vicios de forma alarmantes. El documento municipal no solo citaba decretos inexistentes, sino que ordenaba notificar a Gatica utilizando el RUT de una tercera persona ajena al caso.
Para los ministros, estos errores revelan una falta de estudio de la hoja de vida del funcionario y el uso de «plantillas genéricas», lo cual incumple el estándar de rigurosidad mínima exigible para quebrar la «confianza legítima» del trabajador. Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, un funcionario con más de cinco años de servicios continuos goza de esta protección, por lo que su salida requiere una justificación clara y veraz que en este caso no existió.
El fantasma de las represalias
El demandante también sostuvo que su desvinculación fue una represalia institucional. Gatica había participado recientemente como testigo ante la PDI y en sumarios administrativos donde declaró sobre irregularidades vinculadas al contrato de cámaras de seguridad ciudadana. Si bien el fallo se centró en la arbitrariedad del acto administrativo, la coincidencia temporal de estos eventos fue parte de los argumentos presentados por su defensa.
El dictamen de la Corte
Tras analizar los antecedentes, la Corte resolvió:
- Dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio N° 14.754.
- Ordenar la reincorporación inmediata de Franco Gatica a sus funciones.
- Obligar al municipio al pago íntegro de las remuneraciones y beneficios dejados de percibir desde su separación del cargo.
El fallo fue redactado por el ministro Pedro García M. y marca un precedente relevante sobre el respeto a la carrera funcionaria y los límites de la potestad de los municipios para no renovar contratos bajo la modalidad de contrata
