FISCALÍA Y QUERELLANTES DEBERÁN PAGAR COSTAS DE DEFENSA DE ZAMORA TRAS ABSOLUCIÓN EN CASO PÍO NONO
Este jueves, en el 4.º Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago, se dictó la sentencia del caso Pío Nono. El tribunal condenó en costas al Ministerio Público y a los querellantes, quienes deberán hacerse responsables de los recursos utilizados durante el proceso judicial.
El excarabinero Sebastián Zamora fue absuelto de la acusación de homicidio frustrado contra un manifestante durante el estallido social de 2020. Sobre un posible recurso de nulidad en el caso, el abogado defensor de Zamora, Alejandro Peña, afirmó que «el resultado sería exactamente el mismo», argumentando que la imputación «no tiene sustento probatorio».
**Los hechos**
El incidente investigado ocurrió el 2 de octubre de 2020, cuando el adolescente denominado como «Anthony» participaba en una manifestación en el sector de Plaza Baquedano. En ese contexto, Zamora, entonces carabinero, lo persiguió para detenerlo, alegando que había lanzado objetos contundentes a un vehículo policial. Durante la huida, el adolescente cayó desde el puente Pío Nono al río Mapocho, sufriendo lesiones graves.
El juicio, que se prolongó cerca de cuatro años, enfrentó a la Fiscalía Centro Norte, que sostenía que se trataba de un homicidio frustrado, ya que la caída, a su juicio, fue provocada por el accionar de Zamora, y a la defensa del exuniformado, que argumentó que Zamora nunca tuvo la intención de provocar la caída.