• Dos de los cargos corresponden a infracciones graves asociadas a la tala de bosque nativo y a la realización de obras en cauce sin el permiso respectivo.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de dos cargos graves y tres leves, contra la Sociedad Concesionaria Ruta de La Fruta S.A., titular del proyecto “Concesión Ruta 66 – Camino de la Fruta”, ubicado entre las regiones del Libertador General Bernardo O´Higgins, Metropolitana de Santiago y de Valparaíso.

El proyecto abarca una superficie total de 690 hectáreas y un trazado aproximado de 138 km, que inicia en el sector de enlace con Pelequén y finaliza en el empalme con el acceso al puerto de San Antonio, dividido en cinco sectores. Su objetivo es mejorar y homogenizar el perfil de la Ruta 66, incluyendo la ampliación a segunda calzada de los primeros 26 km, entre Pelequén y Peumo, y la construcción de una calzada bidireccional para el resto del recorrido, sobre la ruta existente o mediante variante.

En este procedimiento, la Superintendencia aborda 7 denuncias, en las que se indica la afectación al medio ambiente por destrucción de flora y fauna sin planes de manejo ni relocalización, fragmentación de ecosistemas y contaminación del aire por emisiones y polvo generado por camiones sin aplicar medidas de mitigación exigidas, además de la intervención de una quebrada con bosque nativo.

En este contexto se realizaron una serie de inspecciones ambientales entre octubre de 2023 y octubre del 2024, además de requerimientos de información al titular del proyecto y la solicitud de reportes técnicos a CONAF y SAG de la Región de Valparaíso.

Tras el análisis de los antecedentes y a partir de las actividades de fiscalización referidas la Superintendencia formuló dos cargos graves contra el titular. El primero tras constatar que se talaron 1,21 hectáreas de bosque nativo esclerófilo para habilitar un camino del proyecto sin contar con el permiso exigido.

El segundo, por la ejecución de obras en una quebrada afluente del río Maipo, incluyendo remoción de tierra, corta de vegetación nativa, construcción de terraplén e instalación de tuberías, sin contar con el permiso requerido.

Además, se formularon tres cargos leves, por la habilitación de botaderos de materiales sin las autorizaciones sanitarias de la Seremi de Salud, el transporte de materiales en camiones sin cobertura para evitar la dispersión de polvo, incumpliendo la medida de mitigación ambiental establecida para evitar emisiones de material particulado durante la obra.

Por Omar Ferrero

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