El viernes pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de protección presentado por el abogado Mario Vargas, que buscaba evitar que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) accediera a las conversaciones de Luis Hermosilla.
El tribunal de alzada explicó que no se hallaron hechos que pudieran constituir una violación a las garantías constitucionales establecidas en el artículo 20 de la Constitución. El fallo unánime señaló que el recurso se basaba en una posibilidad o eventualidad de que ocurriera un acto que podría afectar alguna de las garantías fundamentales del actor, pero que se requiere una acción u omisión concreta para determinar la existencia de un derecho indubitado del recurrente.
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